Opinión Consultiva sobre la aplicación extraterritorial de las obligaciones de no devolución en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967
- Fuente del documento:
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Fecha:
26 de enero de 2007
Avis consultatif sur l'application extra-territoriale des obligations de non-refoulement en vertu de la Convention de 1951 relative au statut des réfugiés et de son Protocole de 1967
Comentarios:
Esta opinión consultiva se preparó en respuesta a una solicitud con respecto a la posición de ACNUR sobre la aplicación extraterritorial de las obligaciones de no devolución en virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. Las posiciones de ACNUR expresadas en esta Opinión Consultiva abordan una perspectiva amplia, dada la relevancia de las cuestiones jurídicas que atañen múltiples situaciones fuera del territorio nacional de una dado Estado.
Aviso: Publicación de ACNUR